se deja expresa constancia que la parte actora el ciudadano MALCOM EDUARDO HURTADO HERRERA, titular de la cédula de identidad Nro.E-82.035.739, no compareció a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por el ciudadano MALCOM EDUARDO HURTADO HERRERA, titular de la cédula de identidad Nro.E-82.035.739, contra la empresa TEG FESTEJOS C.A., en la persona de su Presidente HOFMAIER FISCHER WERNER, titular de la cédula de identidad Nro.E-81.144.267, por Prestaciones Sociales,. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ
BEATRIZ GONZALEZ GIRALDO