Como se indicó anteriormente la presente causa fue resuelta mediante sentencia definitiva proferida por este Tribunal en fecha 17 de noviembre de 2023 inserta a los folios 223 al 229, la cual alcanzó el carácter de definitivamente firme conforme al auto de fecha 28 de noviembre de 2023, por lo que está revestida de la fuerza de la cosa juzgada, y en tal virtud, la solicitud de nulidad de la sentencia proferida por este Tribunal resulta improcedente. Y ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. ZULIMAR HERNANDEZ MENDEZ. JUEZA SUPLENTE. (FDO) FIRMA ILEGIBLE. LUIS SEBASTIAN MENDEZ. SECRETARIO TEMPORAL. (FDO) FIRMA ILEGIBLE. HAY SELLOS HUMEDOS DEL TRIBUNAL Y DEL LIBRO DIARIO. En la misma fecha, siendo las 12:00 m., se dictó y publicó la anterior decisión y se dejó copia certificada de la misma para el archivo del Tribunal. LUIS SEBASTIAN MENDEZ. SECRETARIO TEMPORAL. (FDO) FIRMA ILEGIBLE. EXP. 20.727/2023