Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos REY REY EFRAIN AURELIANO y SANCHEZ EMILIANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V.- 186.422 y V.- 189.724, respectivamente, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos y que se encuentra extendido en el Acta de Matrimonio N° 86 de fecha 21 de abril de 1953; llevada por la extinta Prefectura del Municipio San Sebastián de la ciudad de
San Cristóbal del Estado Táchira, hoy Registro Civil del Municipio del Estado Táchira.
Liquídese la comunidad conyugal su hubiere lugar a ello.
Publíquese, regístrese y déje.....