D E C I S I O N
Por los fundamentos expuestos, esta Corte Superior de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición del abogado José Antonio Pardo Sánchez, en su condición de Juez del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes, de este Circuito Judicial Penal, por estar comprendida en los supuestos de hecho previstos en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, y ordena que la causa sea pasada a otro juez de juicio de igual categoría.