Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento N° 843 de fecha diecinueve (19) de Agosto de 1964, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín, Estado Táchira y por el Registro Principal del Estado Táchira, correspondiente a la ciudadana: VILMA JUDITH GALEANO PEÑA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula N V- 9.147.015, procediéndose a realizar las siguiente corrección del error involuntario cometido al transcribir el nombre de la madre de la solicitante donde dice: "...BELCY AMERICA PEÑA...." SIENDO LO CORRECTO: "...AMERICA PEÑA...", así mismo se omitió el numero de cedula y segundo apellido del padre de la solicitante por.....