DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se Declara Con Lugar la Medida Cautelar Innominada de Apertura de la Cuenta Corriente Bancaria Mancomunada a nombre de las Administradoras ciudadanas MARÍA MARLENE HIGUERA PORTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de la cédula de identidad N° V-8.105.650 y GLENIS MORALBA DÍAZ PULGAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.101.743, en consecuencia, ofíciese a la Institución Bancaria Banco Provincial, con sede en la ciudad de la Fría, Municipio García de Hevia, estado Táchira, a fin de que aperture la Cuenta mancomunada a nombre de las ciudadanas antes mencionadas.
SEGUNDO: La notificación para las administradoras ciudada.....