este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: ÚNICO: Se declara con lugar la solicitud de revisión de Medida de Privación Judicial preventiva de Libertad, solicitada por el defensor publico el abogado RAFAEL LEONARDO COLMENARES CALDERON, a favor de su defendida MILDRED ANDREINA ACEVEDO SÁNCHEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira nacida el 30-10-1983, de 29 años de edad, estado civil soltera, Oficios del Hogar, y residenciada en el Barrio San Rafael, calle principal, al lado de la licorería a mano derecha, casa S/N, estado Táchira, en virtud de que han variado las circunstancia de que el Tribunal Noveno de Control celebró la Audiencia de Calificación de Flagrancia y decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en fecha 31 de Enero de 2.010.