DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana ISABEL HERNANDEZ VILLABONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-3.064.835, madre y representante legal de las niñas (se omiten los nombres), domiciliadas en Palotal Parte Alta, San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, en contra del ciudadano JOSE GEOVANI GIRON URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V- 9.134.473, domiciliado en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se ajusta la Obligación de Manutención que el ciudadano JOSE GEOVANI GIRON URBINA, debe aportar a favor de sus hijas, las niñas (se omiten los nombres), en la cantidad de Trescientos Bolívares Fuertes (Bs.F 300,oo) mensuales, y en los meses de septiembre y diciembre de cada año, una cuota extra por la misma cantidad de Trescientos Bolívares Fuertes (Bs.F 300,oo), para gastos de estudio y de navidad, las cual.....