´El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta por el apoderado del demandado, abogado Gilberto Harvey Parada de Hoy, en diligencia de fecha doce (12) de marzo de 2025, contra el fallo dictado por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el día once (11) de marzo de 2025.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada el por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha once (11) de marzo de 2025.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandada conforme a lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
NOTIFÍQUESE a las partes.
Quedó así.....