En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 19 de febrero de 2015.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Jairo Orlando Rey García contra la ciudadana Arelis Torres Flores, por desalojo del inmueble ubicado en la calle 3, entre avenida séptima y carrera 8, N° 7-22 (centro), Parroquia San Sebastián, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, compuesto por una casa de dos plantas, distribuida de la siguiente forma: Primera planta, conformada por un garaje, que es utilizado como local comercial. Segunda planta, compuesta por tres (3) habitaciones, una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor, dos (2) baños,.....