En consecuencia, por los razonamientos expuestos, esta Juez Unipersonal Nro. 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República y por autoridad de la ley, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 270 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA EL DESACATO A LA AUTORIDAD JUDICIAL por parte del ciudadano LUIS EUSTACIO MARQUEZ , colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nro. C.C. 13.494.576 por incumplir lo ordenado por este despecho en fecha 16 de diciembre de 2004 y así mismo se ORDENA EL REINTEGRO INMEDIATO de la niña MARIA JOSÉ REY al Instituto Nacional del Menor. Infórmese de lo decidido al Fiscal Superior Distribuidor a fines de que sea aperturada la investigación a que haya lugar.
En San Cristóbal, a los 17 días del mes de febrero de 2005. años 194 de la Independencia y 145 de la Federación.
ABG. MARITZA RAMÍRE.....