1. Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado PEDRO NEPTALI VALERA ZAMBRANO, con el carácter de defensor del imputado ISRAEL VILLAMIZAR SERRANO.
2. CONFIRMA la decisión dictada el 18 de octubre de 2007, por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 2, Extensión San Antonio, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual calificó la flagrancia en la aprehensión del imputado ISRAEL VILLAMIZAR SERRANO; acordó el trámite de la causa por el procedimiento ordinario, ordenando remitir la misma a la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Público; decretó medida de privación judicial de la libertad al mencionado imputado, por la presunta comisión de los delitos de contrabando de introducción, previsto y sancionado en el artículo 2 de la Ley sobre el Delito de Contrabando y falsa atestación ante funcionario público, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal.