En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de julio de 2015 por el abogado Freddy Alfonso Vivas Ropero, apoderado judicial del demandado Benito Molina Medina, contra el auto de fecha 15 de julio de 2015 proferido por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: REVOCA el auto de fecha 27 de julio de 2015 dictado por el precitado Tribunal, mediante el cual oyó en ambos efectos dicho recurso de apelación.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal de confor.....