Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y doctrinarios antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Perención de la Instancia en la presente solicitud, en la cual la ciudadana MARITZA COROMOTO SEPULVEDA MONTES representada por la abogada en ejercicio de su profesión EVELYN DEL VALLE RAMIREZ BRITO, solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento.
SEGUNDO: Extinguido el Proceso Judicial.
TERCERO: Notifíquese mediante boleta a la solicitante y/o a su apoderada judicial, así como a la representación de la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Líbrese las respectivas boletas. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada.....