DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por el ciudadano LUIS OSCAR RAMIREZ TORRES, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Venezolana de la Banda Ciudadana San Cristóbal, asistido por los Abg. Pedro José Araujo y Gerardo Nieves Pirela, por considerar este Tribunal Constitucional, que en el caso subjudice operó la excepción de Falta de Cualidad Pasiva.
SEGUNDO: No hay condena en costas a la parte perdidosa por considerar el Sentenciador que no hubo temeridad en la interposición de la presente acción, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y garantías Constitucionales.
TERCER.....