En consecuencia cumplidas las exigencias legales, oída las partes y visto el Informe Social, en el cual se observa que es favorable la Colocación Familiar solicitada, es por lo que esta Jueza Unipersonal Nº 4 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara procedente la COLOCACIÓN FAMILIAR DEL NIÑO JHESTELBER DANIEL EMILIO, de 08 años de edad, con Partida de Nacimiento N° 411, en el hogar de su abuela materna, ciudadana LUCIA DEL SOCORRO BOUHOT DE HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, con Cédula de Identidad Nro. V.- 5.674.172, domiciliada en San Josecito , calle principal, Sector 1, vereda 23, casa N° 02, Municipio Torbes del Estado Táchira, quien de conformidad con el artículo 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, tendrá la Guarda del mencionado niño y por lo tanto será responsable de conf.....