Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, No. 35 de fecha 01 de marzo de 1938, inserta por la Prefectura Civil de la Parroquia Queniquea, Municipio Sucre, Estado Táchira, hoy Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana: MARTA ISOLINA PEREZ DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.899.828, queda rectificada en el sentido de que su nombre es: "MARTA ISOLINA", y no "MARIA ISOLINA", como erróneamente allí figura. Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Táchira y Registro Principal del Estado Táchira, y ofíciese lo conducente a fin de que se estampe la correspondien.....