PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de REVISION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION presentada por la ciudadana NELSY YANETH MORALES FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.767.327 y domiciliada en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira, contra el ciudadano JUSTINIANO DEPABLOS CHACON, venezolano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.232.972 y con domicilio en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el ofrecimiento realizado por el ciudadano JUSTINIANO DEPABLOS CHACON, respecto al 50% DE LOS GASTOS OCASIONADOS EN LA EPOCA ESCOLAR Y DE NAVIDAD.
TERCERO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCION en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.1.500, 00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado alimentario en la cuenta de ahorros aperturada, a partir del mes de Abril de 2015.
CUARTO: En cuanto a los gastos de asistencia médica y medicinas y c.....