PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD REALIZADA POR LA FISCAL DECIMOSÉPTIMA (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO, A LO CUAL SE ADHIRIÓ LA DEFENSORA PÚBLICA, EN CONSECUENCIA ORDENA LA PRACTICA DE LAS EXPERTICIAS DECA-DACTILAR Y PRUEBA GRAFOTÉCNICA, a los fines de determinar si la persona que firmó y estampó sus huellas en el nombramiento de defensor y la audiencia de calificación de flagrancia, de fecha 28 de noviembre del año 2009 (folios 12, 17 y 24, así como, acta de compromiso de fecha 05 de Diciembre de 2.006, inserta al folio 47), efectuados por este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, y que se encuentran insertos en la causa signada bajo el Nº 2C-1857/2006, es o no la misma persona que se identifica como (OMITIDO ARTICULO 545 DE LA LOPNA EN CONCORDANCIA CON EL PARAGRAFO SEGUNDO EJUSDEM), titular de la cédula de identidad N° V- 19.676.087; en consecuencia se ordena librar oficio a la Sala Técnica del Cuerpo de inv.....