JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
PRIMERO: PUNTO PREVIO: declara SIN LUGAR la excepción promovida por la defensa, prevista en el artículo 28, ordinal 4 literal E del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo expuesto en esta acta y en las normas señaladas.
SEGUNDO: Admite Parcialmente la Acusación presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, por el delito de DISTRIBUCION AGRAVADA PARA LOS ACUSADOS PEDRO ARMANDO ALVARES, y BLANCA LUCIA HERREÑO, todo de conformidad con el articulo 34 en concordancia con el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Con respecto a SANDRO ARGENIS MONTILVA MENDEZ, se admite la acusación por el delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS prevista en el articulo 36 del la Ley Orgánica de Sus.....