este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECLARA INOCENTE en consecuencia ABSUELVE al acusado AIJAM RADUAN RADAWAN ICHTAY, de nacionalidad venezolana, natural de Tariba, Estado Táchira, nacido en fecha 01 de Mayo de 1976, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cedula de identidad N° V-12.816.963, residenciada en Mérida, Avenida Las Américas, sector el llano, edificio Los Geranios, piso 7, apartamento 7D, estado Mérida, por el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el articulo 464 del Código Penal.