"...En consecuencia, vista la TRANSACCION expresada por las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se acuerda librar oficio para el Depositario Judicial, ciudadano YEISSON ANDERSON AREIZA GALVIS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-17.886.011, domiciliado en la carrera 9 entre calles 8 y 9, casa Nº 5-9 de La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira, a los fines de ordenar la entrega del vehículo embargado que le fue entregado en fecha 03 de julio de 2008. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA ..."