En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 12 de marzo de 2015.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 06 de febrero de 2015 dictada en etapa de ejecución por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, objeto de apelación, mediante la cual declaró improcedente la solicitud formulada por la parte accionada, de suspensión de la ejecución de la sentencia definitivamente firme proferida en fecha 10 de febrero de 2012, por ese órgano jurisdiccional.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 28.....