este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: El ciudadano JOSÉ ANDERSON GARCIA BALZA, se comprometió a depositar como Obligación de Manutención la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 4.000,00) quincenales, para un total de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,00) mensuales, a favor de su hijo.
SEGUNDO: en el mes de DICIEMBRE: El ciudadano JOSÉ ANDERSON GARCIA BALZA, se compromete con la compra de los útiles personales y ropa del día 31 de diciembre y la madre con los del día 24 y cada uno aportara un obsequio, mas la cuota establecida.
TERCER.....