PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, SE HOMOLOGA el convenimiento realizado por los ciudadanos INGRID YUSLEY SANTOS y CHRISTOPHER GERARDO GRANADOS ARANGUREN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V.15.856.332, V.- 14.872.849, domiciliados en el Municipio San Cristóbal, Estado Tác
SEGUNDO: PROCEDENTE la demanda de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO, interpuesta por la ciudadana NIDIA ROCIO NUÑEZ SEPULVEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-22.632.462, con domicilio en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, contra los ciudadanos INGR.....