EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de JORGE IVÁN IPIA SUÁREZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de santa Armenia, Departamento de Quindío, República de Colombia, nacido en fecha 18 de mayo de 1982, de 28 años de edad, soltero, titular de la cedula de ciudadanía Nº 4.376.170, hijo de Omar Emilio Ipia (f) y de Ana Lucia Monroy Suárez (v), de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la calle Punta Salinas, Nº 13-62, Fundación Mendoza, Valencia, estado Carabobo, en la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la fe pública, por encontrarse llenos los extremos d.....