PRIMERO: Se ADMITE totalmente la acusación presentada por la Fiscal Décimo del Ministerio Público en contra de: DIEGO ARMANDO FUENTES CARDEÑO; por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE DE PRECURSORES PARA LA PRODUCCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSIOCTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO: Se ADMITEN totalmente los medios de prueba ofrecidos en este caso únicamente por el Ministerio Público, por ser de obtención lícita, pertinentes y legales.
TERCERO: Se declara CULPABLE a DIEGO ARMANDO FUENTES CARDEÑO, venezolano, natural de San Antonio, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad Nro. 88.311.255, nacido en fecha 04-12-1982, de 22 años de edad, hijo de Héctor Manuel Fuentes (v) y de Luz Estela de Fuentes (v), de profesión u oficio conductor, residenciado en Táriba por el Mercado Las.....