Este Tribunal, en vista de la mediación positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes solicitan se expida copia certificada en original de la presente acta, siendo acordado lo solicitado. Se hacen entrega de las pruebas a las partes en este mismo acto. Se ordena el cierre y archivo del expediente. Es todo. Se terminó, se leyó y conforme firman.-
La Juez,
Abog. Egle C. Serrano L. La Secretaria
Parte demandante Apoderada de la Parte Demandante
Co-apoderado de la Parte Demandada