VI
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación intentado por la parte demandante, en contra de la sentencia de fecha 12 de julio de 2018 dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se MODIFICA la decisión recurrida.
TERCERO: CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros derechos laborales, fue interpuesta por los ciudadanos Ramón Alexander Paredes Valecillos y Amadeo Elbano Ovalles Vargas, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas números 19.599.713 y 16.958.003, respectivamente, en contra de la entidad de trabajo Especialización de Personal Capacitado EPC C.A.....