Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR DESAFECTO presentada, y en consecuencia queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ANA FRONILDE CASANOVA DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.171.752, y JESÚS GONZALO RAMÍREZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.109.860, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 03 de diciembre del año 1994, ante el Registro Civil del Municipio Michelena, del estado Táchira, según se desprende de acta de matrimonio signada con el N° 114/102.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.
Publíquese, regístrese y déjese.....