Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos: JOSE GREGORIO RANGEL ZAMBRANO Y CARMEN ALICIA QUINTERO ACERO venezolanos, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad N° V- 9.149.778 y V- 9.143.386, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 185 del Código Civil, en concatenación con la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional de fecha 9 de Diciembre de 2016, y sentencia N° 000136 de fecha 30 de Marzo de 2017 Dictada por la Sala de Casación civil del TSJ, que concluyen que cualquiera de los conyugues así lo desee, .....