En mérito de los expuesto este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
RESUELVE:
1. Decretar como medida de coerción personal MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD respecto al imputado EDGAR ALEXANDER LUNA ORTIZ, de condiciones civiles y personales, a quien el Ministerio Público le atribuye la comisión del delito de AMENAZA, VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos 16, 17 y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se dejaron consignadas en la providencia. El imputado deberá presentarse una vez cada quince (15) días por ante el Tribunal; No tener ningún tipo de contacto con las victimas Teomilde Contreras viuda de Albarracin y Maribel Albarracin Contreras, no acercarse a sus casas, ni a su lugar de estudio o trabajo, todo de conformidad con el artículo 256 numerales 3º y 9º del Código Orgán.....