DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DEL CIUDADANO ANGEL MARIA VARELA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.746.984 y en aplicación del artículo 397 del Código Civil, el entredicho quedará bajo la tutela, y las disposiciones relativas a éste le sean adaptables a la naturaleza de la interdicción