Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizados, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conforme a lo establecido en los Artículos 26, 49, 76 y 78 de la Constitución Nacional, y Artículos 8 y 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la pretensión de Ofrecimiento de Manutención efectuado por el ciudadano CARLOS ORLANDO ORTEGA SARABIA, en beneficio de su hija la niña (se omite el nombre por disposición de Ley) representada por su progenitora ANGY YERALDINE ESTUPIÑAN SILVA. Todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano CARLOS ORLANDO ORTEGA SARABIA, debe cubrir a favor de su hija (se omite el nombre por disposición.....