DECISION
Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones, en su Sala Única, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Rodrigo Casanova Mora, en su carácter de defensor del acusado César Augusto Bellorín Alviarez.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada y publicada en fecha 30 de septiembre de 2011, por la abogada Nelida Iris Mora Cuevas, en su condición de Jueza del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio número 02, extensión San Antonio del Táchira de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos, declaró de manera unánime culpable y penalmente responsable al acusado César Augusto Bellorín Alviarez, por la comisión del delito de Corrupción Propia, previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del.....