PRIMERO: SE DECLARA LA COMPETENCIA, de este Tribunal para conocer, sustanciar y decidir el presente Recurso de Abstención o Carencia.
SEGUNDO: SE ADMITE, el Recurso de Abstención o Carencia, interpuesto por los ciudadanos Jean Carlos Hernández, Rocío Emma Hernández, Jeremie Ederly Estupiñán Hernández, Jhon Gayberth Estupiñan Hernández, titulares de las cédulas de identidad N° V- 17.930.211, 14.180.941, 26.934.148 y 26.934.147, en su orden respectivo, asistidos por el Abogado Reideer Smith Rivas Rivas, titular de la cédula de identidad N° 18.970.971 e inscrito en el IPSA bajo el N° 180.704 en contra de la presunta actitud omisiva y contumaz del Concejo Municipal del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, en cuanto a la falta de respuesta de parte de la administración sobre la solicitud realizada por ellos en fecha 19 de julio de 2024.
TERCERO: Se ORDENA citar a la Presidente del Concejo Municipal del Municipio San Cristóbal, para que informen a este Tribunal en un lapso de cinco.....