Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, Ciudadanos: GREGORIANA ALBORNOZ FRANCO y JOSE IGNACIO SALAMANCA PRATO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 9.219.961 y V- 5.667.416 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por las Ciudadanas: YURLEY DEL CARMEN CAÑAS CARREÑO y DETNISER ESMIDAIYUR CAÑAS CARREÑO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números: V- 18.424.560 y V- 25.918.967 respectivamente, asistidas por el abogado en ejercicio SILVESTRE VIVAS GAMEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.121, en el cual exponen que el día 27 de Agosto 2.015, falleció quien fuera su Progenitor, el Ciudadano: MIGUEL ANGEL CAÑAS BAUTISTA quien era Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 4.830.423, según certificación expedida por el Dr Francisco Javier Ganipa Monsalve tal y como se eviden.....