Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de fijación de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: IVONNE MARISELA SUESCUN BARILLAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.242.545, para la niña RUT MARLEY ZAMBRANO SUESCUN, y decide:
PRIMERO: Se establece como Obligación de Manutención la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1000,00) mensuales.
SEGUNDO: Se establece para el mes de Diciembre de cada año, que el obligado cubra la totalidad de los gastos decembrinos que requiera la niña RUT MARLEY ZAMBRANO SUESCUN, así como también el Bono de Juguete que otorga la Guardia Nacional Bolivariana.
TERCERO: En cuanto a los gastos médicos y medicinas, los mismos deberán ser cubiertos por ambos padres en partes.....