Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el divorcio POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de conformidad con lo establecido en el artículo 185 A del Código Civil venezolano vigente, de los ciudadanos: DANIEL OCTAVIO CORRALES SOLORZANO Y DEISY DESIREE RENDON CACERES venezolanos, mayores de edad titulares de la cedula de identidad N° V- 17.492.559 Y V- 19.540.716, debidamente representados por el Abogado en ejercicio OSCAR EDUARDO USECHE MOJICA inscrito en el Inpreabogado N° 12.835 acreditado en autos, en razón de lo cual, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos por ante el Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira , en fecha 18 de Diciembre de 2013, mediante acta de matrim.....