DISPOSITIVO
El Juez del Tribunal de primera Instancia penal en función de juicio de la sección penal de adolescentes del circuito judicial penal del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO.- Decreta la ejecución de la caución económica presentada y depositando por M.C.M.A.; V.L.M.A.; R.Z.K.A.; V.N.L.A.; cada uno, equivalente a cien unidades Tributarias en dinero efectivo, en la institución Bancaria Bicentenario, oficina del centro, en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, en la cuenta de ahorros signada con el N° 0175-000153-0060864582, N° 0175-000154-0060864623, N° 0175-000158-0060864554, N° 0175-000152-0060864574..
SEGUNDO.- Ordena realizar los tramites para que el dinero depositado en dicha cuenta bancaria pase al tesoro Nacional de La Republica Bolivariana de Venezuela.
TERCERO.- Oficiar al banco Bicentenario.
CUARTO.- Notifíquese a las partes.
Publíquese, regístrese y déj.....