De las norma up supra señaladas y lo solicitado, es necesario acotar que la Inspección judicial es un instrumento para constatar de forma ocular, personas, cosas lugares o documentos, motivo por el cual esta Juzgadora considera que no se puede realizar interrogatorios a personas dentro de los particulares a evacuar, es por lo que siendo contraria a la disposición legal establecida en el articulo 472 del Código de Procedimiento Civil opera su INADMISION. Así se decide