DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Declara Sin lugar, el recurso de apelación signado bajo la nomenclatura Aa-SP21-R-2018-000011, interpuesto por las abogadas Amis Mendoza Chávez y Carmen Norheddy Hernández, en su carácter de Fiscal Provisoria 79° de Nacional Plena del Ministerio Publico y Fiscal Provisoria Vigésima Segunda Encargada de la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira y en consecuencia Confirma la decisión dictada en fecha dieciocho (18) de Diciembre de 2017, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual, Declaró con lugar la solicitud de revisión de Medida Cautelar Privativa de Libertad y Otorgó u.....