Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos CARMEN YANIRA CAMEJO CHACÒN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 16.612.602, y GABRIEL VARGAS LIZCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V 17.169.659 de acuerdo con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en los términos señalados en la sentencia No. 693 del 02/06/2015 y Sentencia No. 1070, del 09/12/2016.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 22/11/2012 entre los ciudadanos antes mencionados, por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del estado Táchira, según Acta de Matrimonio No.53 y se libró Oficio No. 010-25 al Registro Civil del Municipio Libertador del estado Táchira y .....