DISPOSITIVA
A la luz de los razonamientos previamente expuestos, esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Declara Admisible el recurso de apelación signado con la con la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2024-000145, , interpuesto en fecha diecinueve (19) de junio del 2024– según sello húmedo de alguacilazgo-, por los abogados Jonathan Carlos Guerra Ojeda, Rómulo Erasmo Hernández Medina y Geraldine de los Ángeles García Pérez, en su carácter de Fiscal Provisorio y Fiscales Auxiliares, respectivamente, de la Fiscalía Vigésima del Ministerio Publico, contra la decisión proferida y publicada in extenso en fecha en fecha treinta (30) de mayo del año 2024, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira.
SEGUNDO: Se fija para la décima (10) audiencia siguiente a la de hoy, a las once de la mañana (11:00 AM), la realización.....