En ese orden, del instrumento fundamental acompañado al escrito libelar, destaca que se trata de venta de bienes inmuebles constantes de: un terreno propio, cultivado en parte de pasto artificial, barbecho y rastrojos, con casa para habitación de paredes de bloqu, techo de teja, pisos de cemento, el cual se encuentra ubicado en el caserio los trapiches aldea helechales, parroquia San Pedro del Río, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, con la especificación de los linderos correspondientes; asimismo una finca, ubicada en helechales; también un lote de terreno propio, con un área aproximada de seis cuadras, que contiene pasto artificial, barbecho y cercas de alambre, ubicado en el caserío los Trapiches, aldea helechales, parroquia San Pedro del Río, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, con la descripción de sus respectivos linderos, razón por la que advierte esta Instancia Agraria, la omisión de la debida autorización de venta de terreno, expedida por el Instituto Nacional de Tierras.....