PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato intentada por la ciudadana CENIT SARAHAY GUERRA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.165.149, de este domicilio y hábil, contra SEGUNDA NICACIA CADENA CUENU, colombiana, titular de la cédula de identidad N° E-82.094.907, domiciliada en Palo Gordo, calle principal Jesús de Nazareno, El Castillo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada ciudadana SEGUNDA NICACIA CADENA CUENU, anteriormente identificada, a otorgar el documento definitivo de venta del cero punto noventa y dos por ciento (0.92%) sobre el inmueble constituido por un lote de terreno propio y mejoras sobre el levantadas situado en la Quinta Avenida, entre calles 8 y 9, Parroquia San Sebastián, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, a la compradora y aquí demandante ciudadana CENIT SARAHAY GUERRA MORENO, de conformidad con lo establecido en el artículo 1488 del Código Civil, una vez quede firme.....