DECISIÓN
En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, decide
PRIMERO: CON LUGAR la apelación que contra la decisión de fecha 12 de noviembre de 2024, es incoada por la parte demandada
SEGUNDO. NULA la recurrida e INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano Luis Miguel Niño Sandoval y en el
TERCERO: HAY CONDENATORIA en costas a la parte demandante por el resultado de inadmisibilidad de la pretensión.
CUARTO Téngase la presente como parte integrante de la sentencia en mención.
Queda así aclarado el fallo apelado.
Regístrese, publíquese, notifíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. Juan José Molina Camacho.
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