Por las razones expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos HILARIA GONZALEZ y JORGE AMESQUITA RUEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-5.032.934 y V-3.431.198, en su orden, acto que consta en Acta de Matrimonio N° 97 del año 1970, la cual reposa en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, del Municipio San Cristóbal del estado Táchira y por el Registro Civil Principal del estado Táchira.