PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 15 de abril de 2009 (f. 21), por el ciudadano ALVARO ANTONIO GUEVARA CONTRERAS, parte demandada, debidamente asistido de abogado, contra la decisión de fecha 07 de abril de 2009, proferida por el Juzgado de los Municipios Libertad e Independencia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana FLOR ORTIZ FERRER, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-26.123 y domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, en su carácter de ARRENDADORA, contra el ciudadano ALVARO ANTONIO GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-13.372.653 y domiciliado en el Municipio Libertad del Estado Táchira, en su carácter de ARRENDATARIO; por DESALOJO.
TERCERO: Se le ordena a la parte demandada ALVARO ANTONIO GUEVARA, hacerle entrega a la ciudadana FLOR ORTIZ FERRER, del inmueble objeto del contrato verbal .....