En consecuencia, este Tribunal NIEGA la solicitado por la parte actora, por cuanto la oportunidad para realizar tal solicitud se encontraba comprendida dentro del lapso de evacuación de pruebas, ya que conforme al principio de preclusión de los lapsos procesales, aquellos actos que se realicen fuera de los lapsos establecidos carecen de eficacia, y se extinguen las facultades procesales que no se ejerzan durante su transcurso.